Los impuestos diferidos están basados en la variación del tipo de impuestos que se aplica en un momento u otro del tiempo.

Los impuestos se dividen básicamente en dos grandes categorías, causados o diferidos. Los primeros son responsabilidad de cada entidad financiera. Los segundos, sin embargo, suceden debido a una diferencia entre el valor de los activos y de los pasivos.

Los impuestos diferidos se fundamentan en el total devengado, es decir, en las tasas reales que eran aplicables en un periodo de tiempo concreto. La subida y bajada de dicho concepto de un ejercicio contable al siguiente provoca diferencias en las tasas aplicadas a cada entidad o individuo, y éstas deben solventarse y equilibrarse en el medio plazo.

Las discrepancias reciben el nombre de diferencias temporales. Su objetivo principal es que, a lo largo de la vida de la empresa, las desigualdades entre el valor de los activos y de los pasivos queden compensadas. Dichos conflictos en el reconocimiento del valor de activos y pasivos se solventan a través de la gestión de los impuestos, que se aplican siempre a favor de la entidad.

Así pues, podemos definirlos como algo que es responsabilidad de la empresa, que es atribuible durante un periodo de tiempo concreto y que surge, básicamente, como consecuencia de dos factores, de los créditos y de las pérdidas fiscales. Las diferencias temporales vienen provocadas, concretamente, por la utilización de los primeros y la amortización de las segundas.

Este tipo de desajustes financieros son inevitables, puesto que nos movemos en un entorno económico que vive en constante cambio. La existencia de una cuantía mayor o menor en función del periodo debe compensarse en el momento de cerrar cada momento financiero. Las diferencias de valor que surgen como consecuencia de la fluctuación de la economía deben solventarse si no en este ejercicio, en el posterior.

Una vez se ha entendido el concepto de diferido, es importante explicar que existen dos tipos dentro de este mismo impuesto, activo o de débito, o pasivo o de crédito. El primer caso es aquel en el que el contribuyente debe pagar un impuesto superior al establecido para ese periodo, con la intención de compensarlo en ejercicios financieros posteriores. El impuesto pasivo o de crédito, en cambio, es aquel en el que el individuo afronta un impuesto menor. En este caso, deberá compensar el desequilibrio financiero de los ejercicios anteriores afrontando una tasa superior en el futuro.

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