En las empresas la actividad económica y financiera funciona por ciclos, cuya duración habitual es de un año. Al finalizar cada uno de estos periodos anuales la empresa debe realizar un análisis interno de su situación, a través del cual podrá conocer parámetros tales como su nivel global de ingresos y gastos, su volumen de facturación y producción, la inversión realizada en I+D (investigación y desarrollo), los costes derivados de la mano de obra, de la publicidad, de la cadena de distribución… En definitiva, este conjunto de revisiones anuales se llevan a cabo de forma interna y con la función de que los propios socios y propietarios conozcan el estado general de la empresa. Sin embargo, cuando estos informes propios cumplen algunas características también es obligatorio elaborar un informe adicional que surge como resultado de una auditoría de cuentas.

Este tipo de auditorías empiezan a ser obligatorias a partir de dos periodos o ejercicios consecutivos en los que se den una serie de factores, tales como que la cifra de negocios supere los 5,7 millones de euros, que el valor de los activos empresariales supere los 2,8 millones de euros o que la cantidad media de trabajadores que hayan formado parte de la empresa durante un mismo periodo financiero sea superior a cincuenta personas.

Por otra parte, este tipo de auditorías también deben ser llevadas a cabo por aquellas empresas u organizaciones en que los socios lo requieran, con la condición de que la suma total de acciones que tengan entre todos los demandantes supere el 5% respecto al capital social. Igualmente, aquellas entidades que durante un ejercicio o periodo reciban más de 600.000 euros a modo de ayudas por parte de las administraciones europeas están también obligadas a superar una auditoría de cuentas.

Otros de los factores que obligan a una empresa a pasar una auditoría de cuentas son haber dedicado más de 600.00 euros en obras, suministros o asistencia en un mismo ejercicio, siempre y cuando dicha cifra supere en más del 50% los ingresos totales para ese mismo periodo. Finalmente, también están obligadas aquellas entidades que estén presentes en las Bolsas Oficiales de Comercio.

En auditores Madrid somos especialistas en este tipo de procesos. Te informamos de en qué momento y de qué manera debes realizar una auditoría de cuentas, y ponemos a nuestro mejor equipo de profesionales a tu servicio.